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Reclamación Gastos de Hipoteca

Derecho Civil

Información esencial

En GONZÁLEZ RODRÍGUEZ & ASOCIADOS consideramos que el conocimiento es uno de los pilares fundamentales del éxito. Es por ello por lo que, a continuación, ponemos a su disposición los aspectos esenciales concernientes a la reclamación de los gastos de hipoteca, para que de esta forma pueda conocerlos y saber las vías de reclamación correspondientes.

¿Cuáles son los gastos de Hipoteca?

Los gastos de la hipoteca constituyen aquellas cantidades que deben abonarse a la Administración, al Notario correspondiente, al Registro de la propiedad y, en la mayor parte de las ocasiones, a una Gestoría, para formalizar el préstamo hipotecario concedido por el banco y que estos han venido atribuyendo en su totalidad a los consumidores.

¿Quién Puede Reclamar la Devolución de Tales Gastos?

Los gastos de la hipoteca pueden reclamarse al banco correspondiente por aquellos consumidores que tengan una hipoteca en la actualidad, así como también, por aquellos que ya hayan terminado de pagarla. Esto se debe a que al ser nula la cláusula por la que se atribuye la totalidad de los gastos al prestatario, el derecho a reclamar su devolución no prescribe.

¿Por Qué Es Nula la Cláusula que atribuye el Pago de los Gastos al Prestatario?

A diferencia de lo sucedido con las cláusulas suelo, en las que su nulidad dependía fundamentalmente de la información recibida por el prestatario, las cláusulas que atribuyen el pago de los gastos al prestatario son nulas porque son contrarias a la legislación vigente.

En concreto, podemos señalar principalmente dos preceptos infringidos:

  • El artículo 89 del TRLGCU (Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), que prohíbe, en términos generales, atribuir al consumidor el pago de todos los gastos de formalización de hipoteca y, en particular, la estipulación que imponga al consumidor el pago de tributos en los que el sujeto pasivo es el empresario.
  • Artículo 8 c) de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que establece que está obligado al pago del impuesto en la constitución de una hipoteca, aquél a cuyo favor se constituya, es decir, al banco.

¿Cómo Puede Reclamarse la Devolución de los Gastos Abonados?

La reclamación de los gastos abonados de más debe llevarse a cabo en dos pasos:

  • Reclamación previa ante el Servicio de Atención al cliente del Banco correspondiente: Es el primer trámite que debe llevarse a cabo y, en caso de que no finalice con acuerdo con la entidad bancaria, habrá que acudir al siguiente paso.
  • Interposición de demanda por nulidad de cláusula abusiva ante el Juzgado del domicilio del consumidor reclamante.

En ambos casos se solicitará la supresión de la cláusula abusiva, así como la devolución de los importes pagados de más y los intereses legales correspondientes.

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